Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
06-09-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110906-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DEL LOZOYA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Delegación atribuciones

Por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, el día 22 de junio de 2011, se dictó la resolución, que transcrita dice así:

«Decreto de la Alcaldía de 22 de junio de 2011.—Don Mariano Carretero Carretero, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya (Madrid), por el que se aprueba la delegación del ejercicio de atribuciones de la Alcaldía en miembros de la Corporación.

Vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo de 2011, y habiéndose procedido el día 11 de junio de 2011 a la constitución de la nueva Corporación Local.

Considerando que en la sesión plenaria celebrada el día 11 de junio de 2011 fui designado alcalde, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dispongo:

Primero.—Delegar en la concejal y teniente de alcalde de este Ayuntamiento, doña Leonor María Suárez Bermúdez, el ejercicio de atribuciones de la Alcaldía siguientes:

— Representar al Ayuntamiento ante la Comunidad de Madrid, Dirección General de Urbanismo, en todo lo relacionado con el planeamiento municipal [artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el artículo 21.3 del citado cuerpo legal].

— Representar al Ayuntamiento ante los órganos rectores de las distintas juntas de compensación de este término municipal [artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el artículo 21.3 del citado cuerpo legal].

Segundo.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, don Antonio Mateo González Núñez, el ejercicio de atribuciones de la Alcaldía siguientes:

— Órgano de contratación respecto de los contratos relacionados con los de bienes patrimoniales municipales, cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto (disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril).

— Para que otorgue autorización para la utilización de los distintos inmuebles municipales para su utilización de modo puntual [artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el artículo 21.3 del citado cuerpo legal].

— Para la organización de las fiestas patronales y la contratación de los diferentes grupos musicales y de otros espectáculos, cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto (disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril).

Tercero.—Delegar en la concejal de este Ayuntamiento, doña María Jesús Soto Alonso, el ejercicio de atribuciones de la Alcaldía siguientes:

— Representar al Ayuntamiento ante los organismos correspondientes, de acuerdo a las Áreas de trabajo que le han sido asignadas, como son “Iberdrola”, Canal de Isabel II, Comunidad de Madrid, asociaciones culturales, etcétera [artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el artículo 21.3 del citado cuerpo legal].

— Órgano de contratación respecto de los contratos relacionados con las Áreas municipales que tiene asignadas, cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto (disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril).

Cuarto.—Notificar personalmente la presente resolución a los concejales designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa.

Quinto.—En cuanto al resto de las competencias de la Alcaldía, esta ostentará aquellas que no se deleguen y que se contemplan en el artículo 2.1.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre.

Sexto.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente resolución a los efectos legales oportunos.

Séptimo.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre, ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales».

Del contenido de la resolución trascrita se dio debida cuenta en el Pleno municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de junio de 2011.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villavieja del Lozoya, a 19 de agosto de 2011.—El alcalde, Mariano Carretero Carretero.

(03/29.633/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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