Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
05-09-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110905-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

61
Demanda 739 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial.

Hago saber: Que por propuesta de decreto dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Kayode Adeloye, contra “Manuela Restauración Integral XXI, Sociedad Limitada”, don Manuel Vasco Jerónimo y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 739 de 2011, se ha acordado citar a “Manuela Restauración Integral XXI, Sociedad Limitada”, y a don Manuel Vasco Jerónimo, administrador único de la empresa, y al Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 18 de octubre de 2011, a las diez y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 10, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Manuela Restauración Integral XXI, Sociedad Limitada”, don Manuel Vasco Jerónimo y Fondo de Garantía Salarial, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 12 de agosto de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.558/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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