Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Ejecución 5 de 2009

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Caselles Rodríguez, contra don Alfredo Sánchez Lozano, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Margarita Martínez González.—En Madrid, a 19 de julio de 2011.

Los anteriores despachos de los Registros de la Propiedad de Bienes Inmuebles número 3 de Madrid, número 1 de Sagunto y el de Cistierna, únanse a los autos de su razón; en su virtud, se ratifican los embargos practicados (artículo 257.1 de la Ley de Procedimiento Laboral) respecto a las fincas de los Registros de la Propiedad número 3 de Madrid y de Cistierna, y procédase a la valoración pericial de los artículos 259 y concordantes de la Ley de Procedimiento Laboral, en cuanto a la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Cistierna; designándose al efecto por esta secretaria judicial al perito que por turno corresponda de los adscritos a la Oficina de Peritos Judiciales, sita en los Juzgados de lo social de León.

Dese conocimiento de dicho nombramiento a las partes y terceros que conste tengan derechos sobre los bienes a tasar, para que dentro del segundo día siguiente a la notificación puedan designar otros por su parte, con la prevención de que si transcurrido dicho término sin ejercitar este derecho, perderán la facultad de designarlos con posterioridad.

Líbrese, asimismo, exhorto al Juzgado decano de lo social de León a fin de que proceda a designar un perito de esa provincia para el desempeño de su cometido en el plazo máximo de ocho días, con traslado de copia de los bienes embargados.

En cuanto al inmueble inscrito en el Registro de la Propiedad número 1 de Sagunto, quede por el momento a expensas del resultado de la peritación que pudiera surgir del embargo del inmueble inscrito en el Registro de la Propiedad de Cistierna.

Se acuerda el reembargo de los bienes embargados en la ejecución número 139 de 2008 del Juzgado de lo social número 6 de esta capital respecto al inmueble inscrito en el Registro de la Propiedad número 3 de Madrid, seguida contra el mismo ejecutado, a fin de cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución, así como, en su caso, la retención del sobrante que pudiera existir en su día, librándose a tal efecto el oportuno oficio al referido Juzgado, solicitando, asimismo:

a) Se informe del estado de las actuaciones y de la total cantidad objeto de apremio en dicho procedimiento.

b) Relación certificada de los bienes embargados y de su peritación.

c) Se ponga en conocimiento de las partes, depositarios, administradores o deudores del ejecutado u otros organismos, el nuevo embargo que se traba con el fin de que quede garantizada la efectividad del mismo (artículos 256 de la Ley de Procedimiento Laboral y 610 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Líbrese, igualmente, despacho a la Tesorería General de la Seguridad Social al objeto de que proceda a la retención del sobrante que pudiera existir en su día en el procedimiento de apremio seguido contra el ejecutado.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alfredo Sánchez Lozano, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.617/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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