Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-217

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

217
Despido 489 de 2011

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 489 de 2011-C de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ion Constantín Ifrim, contra la empresa “Percar Servicios y Explotaciones Agrícolas, Sociedad Limitada”, y don Rafael Pérez Carazo, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimo parcialmente la demanda en materia de despido presentada por don Ion Constantín Ifrim, contra “Percar Servicios y Explotaciones Agrícolas, Sociedad Limitada”, declaro que la extinción operada el 30 de abril de 2001 es constitutiva de despido improcedente, y no siendo factible la readmisión, declaro la extinción de la relación laboral entre las partes con efectos de la fecha de sentencia y condeno a la citada empresa a estar y pasar por tal declaración y a que abone al demandante 1.547,57 euros como indemnización por despido improcedente y 2.396,79 euros brutos en concepto de salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la extinción de la relación laboral.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 2178/0000/61/0489/11, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 2178/0000/61/0489/11, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Percar Servicios y Explotaciones Agrícolas, Sociedad Limitada”, y a don Rafael Pérez Carazo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 22 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.755/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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