Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

EDICTO

53
Procedimiento 1.083 de 2010

Doña Eva María Luna Mairal, secretaria en sustitución del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 1.083 de 2010, se tramita procedimiento de guarda y custodia a instancias de doña Gema Martín Layrana, contra don Daniel Suero Sanz, se ha dictado sentencia en fecha 30 de mayo de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Gema Martín Layrana, representada por la procuradora doña María Isabel Ramos Cervantes, contra don Daniel Suero Sanz, en situación procesal de rebeldía, se acuerda:

1.o Atribuir la guarda y custodia de la hija menor a la madre, manteniendo el resto de las funciones de la patria potestad en forma compartida.

2.o No ha lugar a fijar régimen de visitas de la menor con su padre.

3.o La contribución a los alimentos de los hijos es proporcional a los ingresos de cada uno de los cónyuges, y al tener encomendada la madre a la hija, será quien administre sus necesidades económicas, a lo que el padre contribuirá con la cantidad mensual de 150 euros. La contribución económica establecida deberá ser ingresada en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que la madre designe, sin que sea admisible ninguna otra forma de pago. La cantidad consignada deberá ser actualizada, sin necesidad de requerimiento previo, en la misma proporción que experimente la variación del índice de precios al consumo del ejercicio anterior.

Notifíquese la presente, haciendo saber a las partes que contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente, debiendo acreditar, al tiempo de su anuncio, haber depositado el importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, como requisito de procedibilidad.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado, en paradero desconocido, don Daniel Suero Sanz, expido el presente en Madrid, a 28 de julio de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/28.588/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-53