Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
25-08-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110825-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

99
Demanda 1.560 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.560 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Caro Merchante, contra la empresa “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 22 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 367 de 2011

En Madrid, a 22 de julio de 2011.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Óscar Caro Merchante, que comparece asistido por el señor letrado don Miguel Ángel Yuste Gilbaja, y de otra, como demandada, “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimo la demanda formulada por don Óscar Caro Merchante, frente a “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, y condeno a dicha demandada a que abone al actor la suma de 1.654,85 euros en concepto de diferencias de horas extras correspondientes al año 2009.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.432/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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