Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
25-08-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110825-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

89
Demanda 1.249 de 2010

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.249 de 2010 (recurso número 84 de 2010) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcos Boto Correas, contra la empresa “Rands Project Management Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 18 de julio de 2011.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 4 de julio de 2011 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la letrada doña María José Álvarez García-Ubero, en nombre y representación de don Marcos Boto Correas, que se une a estos autos.—Doy fe.

Decreto

Secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 18 de julio de 2011.

Dispongo: Tener por desistido a don Marcos Boto Correas, parte recurrente, del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada en este procedimiento. Pasen las actuaciones al archivo de no interesar nada las partes en el plazo de tres días.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rands Project Management Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.430/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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