Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
24-08-2011

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110824-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Soldene, Sociedad Anónima” (UCM-lote 2) y representantes legales de los trabajadores y asesora USO y representante AA DD-CC OO (PCM-0462/2011).

Vista el Acta de Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de julio de 2011.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número PCM-0462/2011.

En Madrid, a las diez y treinta horas del día viernes 8 de julio de 2011.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Juan Ramón López García.

Vocal: Don José M. Garrido de la Parra.

Vocal: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Vocal: Doña Olga Gutiérrez Alonso.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha viernes 1 de julio de 2011, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Ignacio Moros García, en calidad de representante.

La empresa “Soldene, Sociedad Anónima” (UCM-lote 2), domiciliada en la calle Emilio Muñoz, números 5 y 7, de Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Leoncio Flores Blázquez, en calidad de representante de AA DD-CC OO.

Doña Aránzazu Velasco García, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Sonia Hernández Gil, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Feliciano Valero Jiménez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Carlos Lago Ruiz, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Josefa Millán Martínez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña María Jesús Vivar Alonso, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña María Victoria Gumiel Casas, en calidad de asesora USO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la Federación de AA DD-CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. Según tablas de 2011 que se adjuntan.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).



(03/28.786/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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