Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
23-08-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110823-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación atribuciones

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público para general conocimiento que el señor alcalde, mediante resolución de fecha 13 de junio de 2011, ha acordado:

— Delegar en la concejala doña María de los Ángeles Nogal González las atribuciones de la Alcaldía en relación con los servicios de Juventud, Medio Ambiente Natural, Servicios Sociales y Sanidad.

Las delegaciones otorgadas comprenden las siguientes facultades en relación con las materias de su objeto:

a) La incoación e instrucción de todo tipo de procedimientos.

b) Las contrataciones menores y la aprobación de los correspondientes gastos.

c) El visado de facturas cuando no le corresponda aprobar el gasto.

d) La aprobación de proyectos de obras y servicios cuando le corresponda la aprobación del gasto, y la solicitud de subvenciones cuando no comporten gasto para el municipio o su importe se encuentre dentro de los límites establecidos para la contratación menor.

e) La representación del Ayuntamiento en cualquier acto cuando no asista el señor alcalde.

f) La formulación de propuestas de resolución a los órganos competentes.

g) La dirección, impulso e inspección de los servicios.

h) El seguimiento y control del cumplimiento de los acuerdos y resoluciones adoptados y la ejecución de los mismos dictando para ello, si fuere preciso, los actos que procedan.

San Lorenzo de El Escorial, a 4 de agosto de 2011.—El alcalde, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/28.937/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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