Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
17-08-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110817-21

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Notificación acuerdo incoación expedientes sancionadores

Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El director general de Control de la Edificación ha dictado acuerdo de incoación del expediente sancionador número 711/2011/13641, contra W. Y., con documento nacional de identidad número X-2328698-V, por la comisión de una infracción urbanística en la calle de Eros, número 7-A, prevista en los artículos 201 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, estableciéndose, igualmente, como instructora del expediente a doña Athenea Díaz de la Cruz y Paz.

El director general de Control de la Edificación ha dictado acuerdo de incoación del expediente sancionador número 711/2011/13774, contra A. C. B., con documento nacional de identidad número 2884640-L, por la comisión de una infracción urbanística en la avenida de Montecarmelo, número 21, prevista en los artículos 201 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, estableciéndose, igualmente, como instructora del expediente a doña Athenea Díaz de la Cruz y Paz.

El director general de Control de la Edificación ha dictado acuerdo de incoación del expediente sancionador número 711/2011/13637, contra J. H. C., por la comisión de una infracción urbanística en la calle de Núñez de Balboa, número 116, prevista en los artículos 201 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, estableciéndose, igualmente, como instructora del expediente a doña Athenea Díaz de la Cruz y Paz.

El director general de Control de la Edificación ha dictado acuerdo de incoación del expediente sancionador número 711/2011/13461, contra J. C. G. J., con documento nacional de identidad número 42072826-F, por la comisión de una infracción urbanística en la avenida del Talgo, número 110, prevista en los artículos 201 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, estableciéndose, igualmente, como instructora del expediente a doña Athenea Díaz de la Cruz.

El director general de Control de la Edificación ha dictado acuerdo de incoación del expediente sancionador número 711/2011/13220, contra “Balear Menor, Sociedad Limitada”, por la comisión de una infracción urbanística en la calle de Valdivieso, número 2, prevista en los artículos 220 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, estableciéndose, igualmente, como instructora del expediente a doña Marta Peñuelas Fernández.

Significándoles que las anteriores resoluciones no son susceptibles de recurso por tratarse de unos actos de mero trámite, sin perjuicio de recusación de la instructora asignada.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarles las citadas resoluciones. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de la notificación del acuerdo de incoación podrá ser consultado por los interesados en el plazo de quince días en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle de Guatemala, número 13.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos legales desde el día siguiente del vencimiento del mismo.

Madrid, a 28 de julio de 2011.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/2.573/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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