Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
15-08-2011

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110815-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación atribuciones específicas

Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada con fecha 5 de julio de 2011, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones específicas siguientes, que corresponden al Pleno, y para el ejercicio de las cuales no se establecen condiciones específicas porque no se apartan del régimen general previsto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

1. El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación.

2. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

3. La concentración de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada dentro de cada ejercicio económico exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, y las de Tesorería cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos liquidados en el ejercicio anterior.

4. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, aun cuando no estén previstos en los presupuestos.

5. La emisión de informes y dictámenes para la tramitación de expedientes administrativos, cuando sean procedentes.

6. La gestión y contratación relativa al Programa Regional de Inversiones de la Comunidad de Madrid, y a los Planes Provinciales de Cooperación de Obras y Servicios de la Competencia Municipal, incluyendo:

— Propuesta de alta de las actuaciones y gestión de las mismas.

— Modificaciones de las actuaciones propuestas, así como de sus importes.

— Gestión a disposición de la Comunidad de Madrid de los terrenos donde se vayan a ejecutar las actuaciones gestionadas por la misma.

— Gestión y justificación de los documentos justificativos del gasto corriente.

7. La puesta a disposición de los terrenos para realizar obras en centros docentes.

8. La aprobación del establecimiento, modificación y supresión de precios públicos.

9. La realización, gestión y trámite de los convenios de uso de las aulas del centro Socio-Cultural.

10. Las competencias que la disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 31 de octubre, de Contratos del Sector Público, atribuye al Pleno del Ayuntamiento.

Segundo.—Delegar en la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento las solicitudes de todo tipo de ayudas, subvenciones, inversiones, financiación de cualquier tipo, convenios de colaboración, en su caso, a Corporaciones Locales que se convoquen mediante publicación en cualquier Boletín Oficial o por cualquier otro medio, así como la justificación de las mismas.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Cuarto.—Dar traslado del acuerdo de delegación de competencias a la Junta de Gobierno Local para su aceptación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Fuente el Saz de Jarama, a 22 de julio de 2011.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(03/27.972/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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