Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2011

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110812-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

URBANISMO

68
Proyecto Urbanización Sector 03.R, Las Rozuelas

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 15 de julio de 2011, y por delegación de la alcaldesa, aprobó definitivamente el Proyecto de Urbanización del Sector 03.R, “Las Rozuelas”, estimando parcialmente la alegación presentada por don Ismael Marina Gallego y desestimando la alegación presentada por don Roberto Ordóñez González, en representación de “Eycor, Sociedad Limitada”, por los motivos que obran en el expediente.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados dichos plazos desde el día siguiente a esta publicación.

En el supuesto de interposición de recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta su resolución, expresa o presunta; en el primero de los supuestos, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses a contar desde el siguiente al de su notificación, y en el segundo, en el de seis meses a contar desde el siguiente día en que deba entenderse presuntamente desestimado, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Quijorna, a 26 de julio de 2011.—La alcaldesa, Mercedes García Rodríguez.

(02/7.050/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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