Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110812-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Demanda 584 de 2010

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 584 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Rivas Sánchez, contra la empresa “Grupo Alcalá 70, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado auto de ejecución y decreto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Ángela Mostajo Veiga.—En Madrid, a 4 de julio de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Francisco Rivas Sánchez, frente a “Grupo Alcalá 70, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 68.469,65 euros en concepto de principal, más otros 4.108 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 6.846 euros de costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Decreto

Secretaria judicial, doña Paloma Zotes Alijas.—En Madrid, a 4 de julio de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Alcalá 70, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.992/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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