Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110812-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Notificación procedimientos sancionadores medioambientales

Edicto de 9 de marzo de 2011, sobre notificación de resoluciones por las que se resuelve finalizar procedimientos sancionadores medioambientales.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada notificación individual sin que haya sido posible practicarla, se hace público para conocimiento de los interesados lo siguiente:

Por resoluciones del concejal-delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, se ha acordado la finalización de los expedientes sancionadores por vulneración de la Ordenanza Reguladora de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Majadahonda (en adelante ORMA), publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de agosto de 2005, en el de 1 de noviembre de 2006 y en el de 21 de octubre de 2010, y de la Ordenanza Contra Actos Incívicos y Vandálicos (en adelante OAIV), publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 198, de 20 de agosto de 2008, que se relacionan en el anexo que se acompaña, frente a los interesados que se relacionan en dicho anexo, imponiendo las sanciones que asimismo figuran en el mencionado anexo.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles de que los expedientes obran en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Majadahonda, Departamento de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza [plaza Mayor, número 3, segunda planta, 28220 Majadahonda (Madrid), teléfono 916 349 100, horario de lunes a viernes de nueve a trece].

Asimismo, se hace público para conocimiento de los interesados, que contra las expresadas resoluciones podrán interponer los recursos que se indican a continuación, a su elección:

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado las respectivas resoluciones sancionadoras, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que tenga lugar la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Recurso contencioso-administrativo, directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o aquel en cuya circunscripción tenga usted su domicilio en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que tenga lugar la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Si opta por presentar el recurso de reposición, el plazo para dictar la resolución y notificación del mismo será de un mes; y contra la desestimación expresa, o presunta por el transcurso del plazo del mes, podrá presentar recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución o de seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Sin perjuicio de ello, podrá presentar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. La interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.



En Majadahonda, a 9 de marzo de 2011.—El concejal-delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, Pablo García González.

(02/2.981/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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