Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
11-08-2011

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110811-70

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEÓN

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

70
Recurso 1.229 de 2010

Doña Icíar Sanz Rubiales, secretaria de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede de Valladolid, en el recurso de suplicación tramitado con el número 1.229 de 2010, interpuesto por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Valladolid en autos número 35 de 2009, sobre derechos laborales, hace saber que se ha dictado auto por la Sala de lo social del Tribunal Supremo acordando lo siguiente:

La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de la doctrina interpuesto por el letrado don Javier de la Cruz Bazo, en nombre y representación de “Parquesol Dental Azaña, Sociedad Limitada”, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, de fecha 23 de julio de 2010, en el recurso de suplicación número 1.229 de 2010, interpuesto por Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid (Ministerio de Trabajo e Inmigración), frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Valladolid de fecha 18 de marzo de 2010, en autos número 35 de 2009, seguidos a instancias de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid (Ministerio de Trabajo e Inmigración), contra “Parquesol Dental Azaña, Sociedad Limitada”, doña Claudia Colman Villalba, doña María Luisa Alcocer Sánchez, doña Marta San Juan Álvarez, don Luis González Cobos Rodríguez, doña María Mercedes Pelaz del Río, don Juan Pablo Salas Gómez, doña María Couñago Tairbo, don Roberto Óscar Cogo Bruno, doña Alicia Susana Claramente Aimar, doña Carolina Mesonero Pariente y don Antonio Canal González, sobre determinación de relación laboral.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constituido.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Habiéndose dictado diligencia de ordenación por esta Sala en el día de la fecha, cuyo contenido es del siguiente tenor literal:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Icíar Sanz Rubiales.—En Valladolid, a 5 de julio de 2011.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con la fecha 27 de junio de 2011 se han recibido procedentes de la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo las presentes actuaciones junto con testimonio de la resolución del recurso de casación en unificación de doctrina.

Acuerdo comunicar su recepción a la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Supremo y cumplir lo ordenado en su resolución.

Asimismo, conforme lo dispuesto en el artículo 199.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítanse las actuaciones al órgano judicial de procedencia, con certificación de la sentencia dictada por esta Sala.

Una vez consten recibidos los acuses de recibo del órgano judicial de procedencia, así como de la notificación a las partes de esta resolución, archívense las actuaciones dejando nota en los libros de este tribunal.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación que deberá expresar la infracción que a juicio del recurrente contiene la resolución de conformidad a lo dispuesto en los artículos 184 y 185 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación en los términos acordados por el Tribunal Supremo y legal forma a los recurridos doña Carolina Mesonero Pariente y don Antonio Canal González, que se hallan actualmente en paradero desconocido, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente en Valladolid, a 5 de julio de 2011.—La secretaria de la Sala (firmado).

(03/26.783/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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