Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
03-08-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110803-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

76
Mesa contratación permanente

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 15 de junio de 2011, constituyó una mesa de contratación permanente para asistir al órgano de contratación cuando este sea el Pleno de la Corporación o a la Junta de Gobierno Local cuanto actúe por delegación del mismo y para todos los contratos, cualquiera que sea su procedimiento de adjudicación.

Asimismo, designó con carácter permanente, a los siguientes miembros de la mesa de contratación:

Presidente: el concejal-delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad.

Suplente primero: el concejal de Economía y Hacienda.

Suplente segundo: el concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

Vocales:

— El concejal-delegado del Área o Servicio a que afecte el contrato, con voz y sin voto.

— El secretario general del Ayuntamiento; suplente, quien legalmente le sustituya.

— El interventor municipal; suplente, quien legalmente le sustituya.

Secretario: el TAG responsable de la tramitación del expediente.

Suplente, en caso de imposibilidad podrá asistir cualquier otro TAG de Secretaría General.

Igualmente, determinó la derogación de todos los actos y acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Majadahonda, 15 de julio de 2011.—El alcalde, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/26.659/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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