Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
01-08-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110801-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Demanda 983 de 2010

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 983 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Guillermo Fernando Benalcázar Bueñano, don Jaime Alejandro Benalcázar Bueñano y don Telmo Efraín Nájera Jaya, contra la empresa “Alumrom, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 297 de 2011

En Madrid, a 17 de junio de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, don Guillermo Fernando Benalcázar Bueñano, don Jaime Alejandro Benalcázar Bueñano y don Telmo Efraín Nájera Jaya, que comparecen asistidos de la letrada doña Almudena Navarro Gonzalo, y de otra, como demandados, “Alumrom, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que comparece la letrada doña María Elena Blanco Pérez, ha dictado el siguiente

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por don Guillermo Fernando Benalcázar Bueñano, don Jaime Alejandro Benalcázar Bueñano y don Telmo Efraín Nájera Jaya, en concepto de reclamación de cantidad, contra la empresa “Alumrom, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, condenando a la entidad demandada al pago de las siguientes cantidades: 5.620 euros para don Guillermo Fernando Benalcázar Bueñano, 5.152 euros para don Jaime Alejandro Benalcázar Bueñano y 5.152 euros para don Telmo Efraín Nájera Jaya, en concepto de principal reclamado, más en concepto de interés por mora por importes de 562 euros para el primero y 515,20 euros para los dos siguientes, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, a quien deberán hacérseles las advertencias de su posible responsabilidad en los supuestos legalmente previstos.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Guillermo Fernando Benalcázar Bueñano, don Jaime Alejandro Benalcázar Bueñano, don Telmo Efraín Nájera Jaya y “Alumrom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.520/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110801-141