Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
01-08-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110801-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

139
Demanda 631 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 631 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Barrón Manzano, contra don José David Varela Durán, sobre ordinario, se han dictado decreto y auto de fecha 18 de junio de 2010, en la que se señala para los actos de conciliación y/o juicio señalados para el día 3 de octubre de 2011, a las doce y quince horas, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 18 de junio de 2010.

Acuerdo: Admitir las pruebas que se indican en el razonamiento jurídico tercero de esta resolución y mandatar a la secretaria judicial para que curse las instrucciones oportunas para su práctica el día del juicio.

Ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de don José David Varela Durán. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Ha lugar a la documental, requiérase a la demandada para que aporte los documentos interesados en el escrito de demanda.

Ha lugar a la testifical, cuando se proponga se acordará.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2518/0000/30/0631/10 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José David Varela Durán, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.410/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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