Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110729-197

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

197
Demanda 538 de 2011

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 538 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Escobar Leal, don Miguel Ángel Pozo Barquero y don Gregorio López Ruiz, contra la empresa “P y T Moreno e Hijo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 30 de junio de 2011 del tenor literal siguiente:

Acta de juicio

En Madrid, a 30 de junio de 2011.—Siendo el día y la hora señalados y ante el ilustrísimo señor don José Ángel Folguera Crespo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 30 de esta capital, con mi asistencia, la secretaria judicial, ordena se llamen a las partes interesadas en el presente juicio, previamente citadas en forma, para la celebración del correspondiente acto de juicio: los demandantes, don Vicente Escobar Leal, don Miguel Ángel Pozo Barquero y don Gregorio López Ruiz, representados por el letrado don José Luis Fernández Chillón, colegiado número 15.440, y por la parte demandada, no comparecen “P y T Moreno e Hijo, Sociedad Limitada”, ni el Fondo de Garantía Salarial, estando citados en forma.

Abierto el acto y dada cuenta de las actuaciones practicadas, se concede la palabra a la parte demandante, la cual se afirma y ratifica en su demanda, solicitando sentencia estimatoria previa prueba.

A petición de la parte se acuerda el recibimiento del juicio a prueba, proponiéndose las siguientes:

Por la actora: interrogatorio de la demandada, teniéndola por confesa y documental.

Por su señoría se declara pertinente la prueba propuesta.

Terminada la prueba, las partes elevan las conclusiones a definitivas, solicitando se dicte sentencia conforme a lo pedido por cada una de ellas.

Su señoría dicta sentencia de viva voz, conforme al artículo 50 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Fallo

Que estimando la demanda, condeno a la demandada “P y T Moreno e Hijos, Sociedad Limitada”, a abonar a los demandantes las siguientes cantidades: en cuantía de 585,53 euros a don Vicente Escobar Leal, 631,53 a don Gregorio López Ruiz y 599,58 euros a don Miguel Ángel Pozo Barquero, más el 10 por 100 de interés legal moratorio.

Contra la presente sentencia no procede recurso alguno por razón de la cuantía reclamada.

Con todo lo cual se declara por su señoría terminado el acto y leída que fue el acta y hallada conforme, se procede al desglose y entrega a la parte actora de la documentación aportada, y es firmada por su señoría y demás comparecientes, de todo lo cual doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “P y T Moreno e Hijo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.

En Madrid, a 30 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.244/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110729-197