Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

157
Demanda 870 de 2010

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 870 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Alonso Estebaranz, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Se tiene por ampliada la demanda contra “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 22 de septiembre de 2011, a las nueve y veinte horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en Madrid, calle Princesa, número 3, tercera planta. Sirviendo la presente de citación en legal forma para las partes.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Alonso Estebaranz, “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.106/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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