Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

97
Padrones anuales municipales ejercicio 2011

Don José Carlos Boza Lechuga, en calidad de alcalde-presidente de este Ayuntamiento de Valdemoro.

Por el presente hace saber: Que de acuerdo con el artículo 27 de la ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público local, durante los quince días naturales siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los padrones anuales municipales de los impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, el impuesto de actividades económicas y la tasa por la prestación del servicio integral de residuos sólidos urbanos correspondientes al presente ejercicio 2011 se hallarán expuestos al público en el Servicio de Ingresos de la Tesorería General, ubicada en el edificio del Área Económica, sito en la calle Guardia Civil, número 25, local 7, a los efectos de que cualquier persona interesada pueda examinarlos y presentar las reclamaciones o alegaciones que estime pertinentes.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.1 de la citada ordenanza general y en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 18 de diciembre, General Tributaria, el pago en período voluntario de los recibos de dichos padrones anuales deberá realizarse desde el 20 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2011 (ambos inclusive).

En Valdemoro, a 11 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, José Carlos Boza Lechuga.

(02/6.539/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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