Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-251

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CARTAGENA NÚMERO 1

EDICTO

251
Ejecución 317 de 2011

Doña Rosa Elena Nicolás Nicolás, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cartagena.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 317 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano Martínez Andreu, contra la empresa “Senin 120, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado en el día de la fecha auto y decreto, cuyas partes dispositivas son como sigue:

Parte dispositiva del auto:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Mariano Martínez Andreu, frente a “Senin 120, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 3.985,45 euros en concepto de principal, más otros 39,85 euros y 39,85 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Parte dispositiva del decreto:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “Senin 120, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de tres días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de “Senin 120, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes de la ejecutada.

Notifíquese a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Senin 120, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cartagena, a 28 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.680/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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