Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
27-07-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110727-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

83
Modificación iniciativa referente Sector 15

Aprobación de la modificación de la iniciativa referente al Sector 15 del Plan General de Ordenación Urbana de 2009 de Navalcarnero.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de julio de 2011, se acordó aceptar y estimar la modificación de la iniciativa inicialmente aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 30 de diciembre de 2010, y de los documentos que se acompañaban a la misma para el desarrollo del Sector 15, con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, los cuales son sustituidos por los presentados en el Registro General del Ayuntamiento el día 22 de junio, consistentes en una Propuesta de Estatutos y Bases de Actuación, Proyecto de Urbanización, así como la propuesta de Proyecto de Reparcelación, al representar la iniciativa más del 70 por 100 de la superficie total del ámbito.

Asimismo, se acordó iniciar los trámites para la aprobación, si procede, de la Propuesta de Estatutos y Bases de Actuación, Proyecto de Urbanización y Proyecto de Reparcelación que se acompaña a la iniciativa.

Concedido el trámite de audiencia, tanto a FEVE como al Canal de Isabel II por el plazo de diez días, y no habiéndose producido alegación alguna a la citada modificación, los acuerdos han devenidos firmes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir del siguiente día al de la publicación del presente acuerdo (artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998), todo ello sin perjuicio de que se pueda formular cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Navalcarnero, a 18 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, Baltasar Santos González.

(02/6.789/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110727-83