Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110722-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación competencias

Por decreto 350/2011, de 21 de junio, esta Alcaldía resolvió delegar genéricamente sus competencias en los concejales que se indican, con las siguientes facultades:

a) La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes.

b) Disponer los gastos necesarios para el funcionamiento de los servicios con arreglo al presupuesto municipal y aprobar los correspondientes facturas, siempre que su importe no exceda de 3.000 euros.

c) Supervisar el correcto funcionamiento del personal adscrito a los servicios incluidos en su delegación, y emitir los correspondientes informes y propuestas.

Estas atribuciones no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Primero.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, don Luis Enrique Villanueva Platas, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Urbanismo.

— Obras y Servicios Municipales.

Segundo.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, don Tomás Carrión Guillén, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Seguridad y Movilidad.

— Hacienda.

Tercero.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, don Máximo Pérez Martín, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Sanidad.

— Medio Ambiente.

— Recursos Humanos.

— Participación Ciudadana.

Cuarto.—Delegar en la concejala de este Ayuntamiento, doña Carmen Semper Sardina, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Cultura y Festejos.

— Deportes.

Quinto.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, don Santiago Domínguez Carballés, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Parques y Jardines.

— Mobiliario Urbano.

Sexto.—Delegar en la concejala de este Ayuntamiento, doña María del Mar García de Leániz Caprile, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Desarrollo Local.

— Innovación Tecnológica.

— Comunicación.

Séptimo.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, don Juan Rodríguez Fernández-Alfaro, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Urbanizaciones.

Octavo.—Delegar en el concejal de este Ayuntamiento, doña María Aurora Gil Guerra, las siguientes atribuciones relativas a los servicios de:

— Educación.

— Servicios Sociales.

— Juventud.

Noveno.—Las delegaciones otorgadas en los párrafos anteriores se entienden compartidas con la Alcaldía, quien no renuncia a ninguna de las facultades que le confieren la Ley 7/1985, el Real Decreto Legislativo 781/1986 y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Décimo.—Las delegaciones atribuidas a los concejales se entenderán aceptadas tácitamente por los interesados a partir del momento de su notificación si en el término de tres días hábiles no hiciesen manifestación expresa ante la alcaldesa de la no aceptación.

Alpedrete, a 5 de julio de 2011.—La alcaldesa (firmado).

(03/25.326/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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