Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110721-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

85
Periodicidad sesiones Junta Gobierno

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de Jurisdicción de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia de 4 de julio de 2011, se hace público lo siguiente:

Primero.—Fijar la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno, con carácter semanal, los miércoles, a las trece horas, en primera convocatoria, y una hora más tarde en segunda. Sin perjuicio de la facultad del alcalde-presidente para suspender la celebración de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local del mes de agosto, como consecuencia del período vacacional, así como de modificar el día o la hora de la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno por causas justificadas, con notificación a los miembros de la misma.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los miembros de la Junta de Gobierno Local.

Tercero.—Remitir anuncio de los referidos nombramientos para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y publicarlos, igualmente, en el tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de que produzcan efectos el día siguiente a la fecha de la presente resolución.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre e insertar en el libro de resoluciones de Alcaldía-Presidencia.

En Villaviciosa de Odón, a 4 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/25.167/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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