Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110721-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

58
Delegaciones especiales servicios

Decreto 579/2011.—En uso de las facultades que me están conferidas por los artículos 43 a 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y demás disposiciones legales concordantes en la materia, y de conformidad con el informe de Secretaría número 145/2011, resuelvo:

Primero.—Conferir las siguientes delegaciones especiales de servicios conforme a lo dispuesto en el artículo 43.5.b) del reglamento anteriormente citado (ROF), que comprende la dirección interna y gestión de los servicios correspondientes, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, y dependiente de esta Alcaldía, a favor de los siguientes concejales electos:

— Don Mariano Hidalgo Fernández, los siguientes servicios:

l Urbanismo, Obras, Infraestructuras, Transportes y Energía.

— Doña Susana Muñoz Vadillo, los siguientes servicios:

l Familia, Juventud, Educación, Deportes y Actividades Culturales.

— Don Luis Alberto Laso Martín, los siguientes servicios:

l Mayores, Coordinación de Alcaldía, Seguridad, Protección Civil, Participación Ciudadana y Fiestas.

— Doña María Begoña Barturen Eguren, los siguientes servicios:

l Medio Ambiente, Inspección, Consumo, Sanidad y Espacios Públicos.

— Doña María Ángeles del Molino Olías, los siguientes servicios:

l Hacienda, Economía y Empleo.

— Doña María Concepción Liviano Moreno, los siguientes servicios:

l Recursos Humanos.

Segundo.—Reservar a esta Alcaldía expresamente las competencias relativas a las siguientes áreas:

— Turismo y Patrimonio.

Tercero.—Notifíquese a los interesados, haciéndose constar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento de Organización y Funcionamiento la delegación de atribuciones requerirá para ser eficaz su aceptación por parte del delegado. La delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.

Cuarto.—Dese cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, se comunica que este acuerdo es un acto administrativo definitivo y contra el mismo podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación o publicación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.

En Nuevo Baztán, a 30 de junio de 2011.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez.

(03/25.176/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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