Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110721-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Ejecución 292 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 292 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Morales Iglesias, contra la empresa “Paveco Prefabricados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Elena Sanabria Seguido.—En Móstoles, a 28 de junio de 2011.

Dada cuenta del anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia en fecha 24 de marzo de 2011 a la empresa “Paveco Prefabricados, Sociedad Limitada”, a favor del demandante don Francisco Javier Morales Iglesias, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, número 6, de Móstoles, el día 1 de septiembre de 2011, a las nueve y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por si o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Asimismo, requiérase a la parte actora a fin de que el día de la comparecencia presente informe de vida laboral hasta el momento actual.

Para el caso de que el demandante esté cobrando prestaciones por desempleo deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Empleo acreditando el importe percibido a fecha de la comparecencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Paveco Prefabricados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 28 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.211/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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