Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
19-07-2011

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110719-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 15 de julio de 2011, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 54.000.000,00 de euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 10 de junio de 2011, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y una o varias emisiones de Deuda Pública a largo plazo, hasta un importe máximo de 2.041.732.350,00 euros de acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1990, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 2 de junio de 2011, conforme al artículo 38.1 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011, la realización de varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 1.270.000.000,00 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de Deuda Pública a quince años a tipo de interés fijo. El importe no excede del límite autorizado por el referido Acuerdo del Consejo de Ministros.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 8/2010, de 23 de diciembre,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:

— Importe: 54.000.000,00 de euros.

— Modalidad: Obligaciones a quince años.

— Fecha de emisión y desembolso: 21 de julio de 2011.

— Precio de emisión: Al 98,236 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 53.047.440,00 euros.

— Fecha de vencimiento: 21 de julio de 2026.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

— Amortización anticipada: No permitida.

— Representación de las obligaciones: Las obligaciones se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

— Tipo de interés: 7,55 por 100 nominal anual fijo para toda la vida de la emisión, pagadero en los aniversarios de la fecha de emisión hasta e incluyendo la fecha de vencimiento final.

Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act. Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET2 de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de las obligaciones tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la Entidad Suscriptora.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segunda

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en la Directora General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercera

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de julio de 2011.

El Consejero de Economía y Hacienda, PERCIVAL MANGLANO ALBACAR

(03/26.399/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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