Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
19-07-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110719-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

65
Divorcio contencioso 822 de 2009-P

Don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio número 822 de 2009-P, instados por don Alejandro Martínez Sánchez, contra doña Cassandra Lee Garling, en los que ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva literalmente copiados dicen:

Sentencia

En Madrid, a 28 de marzo de 2011.—El ilustrísimo señor don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 822 de 2009-P, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, don Alejandro Martínez Sánchez, representante por el procurador don José Antonio del Campo Barcón, y de otra, como demandada, doña Cassandra Lee Garling, declarada en rebeldía; y...

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales don José Antonio del Campo Barcón, en nombre y representación de don Alejandro Martínez Sánchez, contra doña Cassandra Lee Garling, debo declarar y declaro la disolución, por causa de divorcio, del matrimonio contraído por los citados cónyuges don Alejandro Martínez Sánchez y doña Cassandra Lee Garling, produciéndose sus efectos a partir de la firmeza de esta sentencia, pero sin perjudicar a terceros de buena fe, sino a partir de su inscripción en el Registro Civil.

No se hace expresa imposición de costas en esta instancia.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Notifíquese esta sentencia a la parte que se encuentra en rebeldía en la forma dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el particular.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde doña Cassandra Lee Garling y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se da el presente en Madrid, a 30 de mayo de 2011.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/6.258/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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