Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
18-07-2011

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110718-209

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON JOSÉ GASCUÑANA SÁNCHEZ

209
Venta extrajudicial finca

Don José Gascuñana Sánchez, notario del ilustre colegio de Madrid, con residencia en Moralzarzal.

Hago saber: Que en mi notaría sita en Moralzarzal (Madrid), plaza de la Constitución, número 3, se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a instancias de la entidad “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.—San Muriel en término municipal de Mataelpino, distrito de El Boalo (Madrid), calle Pozo, número 12, con una extensión superficial de 1.085 metros cuadrados, sobre dicha parcela existe construida y totalmente terminada una vivienda unifamiliar, que consta de una planta sobre rasante y un sótano bajo rasante. Superficie construida total de 296 metros y 96 decímetros cuadrados, incluido el sótano y el porche.

Inscripción.—En el registro de la propiedad de Moralzarzal, al tomo 358, libro 41, folio 166, finca número 3586, inscripción sexta.

Procediendo la subasta de la finca, se hacen saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi notaría: la primera subasta el día 8 de agosto de 2011, a las diez horas, siendo el tipo base el de 548.540,23 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el día 1 de septiembre de 2011, a las diez horas, cuyo tipo será el 75 por 100 del correspondiente a la primera; y en los mismos casos, la tercera subasta, el día 30 de septiembre de 2011, a las diez horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor, el día 11 de octubre de 2011, a las diez horas.

La documentación y certificación del registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del reglamento hipotecario pueden consultarse en la notaría, de lunes a viernes de nueve a trece horas.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada, las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

Salvo el acreedor, todos los demás licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta, y en la tercera subasta deberán consignar un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta, solo la adjudicación a favor del acreedor requerente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Moralzarzal, 2011.—El notario, José Gascuñana Sánchez.

(02/6.107/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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