Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
18-07-2011

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110718-41

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

41
Subasta bienes inmuebles

URE 28/13.

ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 13 de Madrid.

HACE SABER: En el expediente administrativo número 28 13 09 4625 18 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor BASATIR SL. por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 04-07-2011 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 11 de 10 de 2011 , a las 10:00 horas, en C/Agustín de Foxá, 28-30, Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la Providencia de Subasta.

2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA EL DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30% del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6. Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación

8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito

9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración

10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60, DE 21 DE JULIO, SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERA A CARGO DEL ADQUIRIENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO.

EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30% DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

PARA CUALQUIER INFORMACIÓN RELATIVA A SUBASTAS LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EN LA DIRECCIÓN DE INTERNET: \\WWW.SEG-SOCIAL.ES

Madrid, a 12 de julio de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Estrella del Olmo García.

RELACION ADJUNTA DE BIENES:

DEUDOR: BASATIR SL.

LOTE NUMERO: 01.

FINCA NUMERO 01.

DATOS FINCA: MUNICIPIO: MADRID.- FINCA NÚMERO 4447, NATURALEZA DE LA FINCA: RUSTICA. IDENTIFICADOR UNICO: 28101000025140.- RUSTICA: TIERRA LLAMA EL POZUELO, EN TERMINO VALLECAS, HOY MADRID, DE CABER TRAS LA SEGREGACION EFECTUADA DIECISEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. LA FINCA DE ESTE NUMERO TRAS DICHA SEGREGACIÓN, HA QUEDADO DIVIDIDA EN DOS PARTES:

URBANA: PARCELA 88., PL UZP0301 VALDECARROS 85 SUELO LOS YESARES, 07-085, EN TÉRMINO MUNICIPAL DE MADRID. TIENE UNA SUPERFICIE DE 13.208 METROS CUADRADOS. REFERENCIA CATASTRAL 0700085DS1800D0001AR.

PARCELA 852, PL UZP VALDECARROS, EN TÉRMINO MUNICIPAL DE MADRID. TIENE UNA SUPERFICIE DE 3.475,939 METROS CUADRADOS.

TITULARES: LOS CONYUGES ANGEL TARANCON CHERCOLES, DNI 51822182P Y ANGELES GONZALEZ GONZÁLEZ, DNI 174347F; DAVID TARANCON GONZALEZ, DNI 2537158M, ELENA MARIA TARANCON GONZALEZ, DNI 2537157G Y BASATIR SL. CIF B80797087.

SE EMBARGO EL 79,17 POR 100 EN PLENO DOMINIO, PERTENECIENTE A BASTIR SL., INSCRITO EN EL FOLIO 44 DEL TOMO 1384, LIBRO 392, REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 20 DE MADRID.

SUJETO A PACTO DE DIVISION Y RENUNCIA A DERECHO DE RETRACTO.

GRAVADA CON NOTA DEL PLAN DE ACTUACION URBANISTICA DE VALDECARROS.

IMPORTE DE TASACIÓN: 7.943.366,76 EUROS.

CARGAS SUBSISTENTES:

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 61 MADRID: 298.661,24 EUROS.

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 68 MADRID: 0,00 EUROS.

AGENCIA ESTATAL AADMINIST TRIBUT.: 158.976,86 EUROS.

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 36 MADRID: 112.620,69 EUROS.

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 33 MADRID: 265.651,60 EUROS.

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 3 MADRID: 168.627,76 EUROS.

TIPO DE SUBASTA: 6.938.828,81 EUROS.

Madrid, a 12 de julio de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Estrella del Olmo García.

(01/2.302/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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