Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
18-07-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110718-64

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

64
Delegaciones concejales y consejeros-delegados

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 28 de junio de 2011, acordó a propuesta de la Alcaldía-Presidencia las delegaciones a los concejales y consejeros-delegados de las siguientes competencias:

— A todos los concejales y consejeros-delegados, cuando presidan Mesas de Contratación: clasificar, por orden decreciente, las proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el pliego y a la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa y efectuar el requerimiento al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo legalmente establecido para ello, la documentación exigida en el artículo 135.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, a fin de efectuar posteriormente por parte de la Junta de Gobierno Local la adjudicación del contrato a su favor.

— A don Francisco Javier Bello Nieto, como responsable de la Concejalía-Delegada de Comercio, Industria, Consumo, Empleo, Formación, Nuevas Tecnologías, Eficiencia y Costes (EFYCO) y Calidad:

l Tramitación y otorgamiento de licencias u otros medios de intervención administrativa para el ejercicio de industrias y actividades, tanto calificadas como inocuas, así como del visto bueno en relación con las certificaciones que se ­expidan en relación con dichas licencias o medios de intervención administrativa.

l Comprobación e inspección del funcionamiento y medidas correctoras de las actividades industriales y comerciales sujetas a licencia u otros medios de intervención administrativa, incluida la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores en la materia, excepto cuando implique la clausura de la actividad, en cuyo caso corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

l Tramitación y otorgamiento de cuantas autorizaciones municipales al respecto contempla la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares, así como la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores al respecto, salvo cuando la infracción cometida tenga la consideración de muy grave, en cuyo caso la resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local, en los siguientes aspectos de dicha ordenanza: actividades y prestación de servicios no autorizados.

l Incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores en materia de consumo.

— A don Juan Jesús Domínguez Picazo, como responsable de la Concejalía-Delegada de Urbanismo, Vivienda y Aparcamientos:

l Tramitación y otorgamiento de las licencias urbanísticas consideradas como “menores”.

l El ejercicio de funciones de policía de edificación y en particular cuanto concierne a la obligación de conservación de edificaciones, incluida la incoación y tramitación de expedientes de ruina, excepto la resolución de los mismos, que corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

l Ejercer la inspección urbanística con todas las facultades inherentes a la misma en cuanto a suspensión de licencias y paralización de obras hasta el momento anterior a la ejecución subsidiaria, que corresponderá a la Junta de Gobierno Local, al igual que las órdenes de demolición y la imposición de multas coercitivas en la materia.

l Incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores por infracciones urbanísticas y en materia de vivienda.

l Tramitación y otorgamiento de autorizaciones relativas a la instalación de contenedores, andamios, vallados o elementos similares vinculados con la realización de obras.

— A doña Marta Viñuelas Prado, como responsable de la Concejalía-Delegada de Hacienda, Patrimonio, Turismo y Personal:

l Las competencias de la Junta de Gobierno Local en materia de recursos humanos, incluyendo en las mismas el nombramiento y cese de todo el personal (salvo el del personal directivo y las distintas formas de provisión de puestos reservados a los funcionarios con habilitación de carácter estatal), la fijación de la cuantía y reparto de la productividad y las demás resoluciones relativas al personal municipal, incluida la incoación y tramitación de expedientes discipli­narios y su resolución, excepto cuando la misma implique la suspensión de funciones o de empleo y sueldo por período igual o superior a un mes, la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, en cuyo caso corresponderá a la Junta de Gobierno Local. Igualmente, corresponderá a la Junta de Gobierno Local la aprobación de la Oferta de Empleo Público, la de la relación de puestos de trabajo, la de las bases de las pruebas para la selección de personal funcionario de carrera y laboral fijo y para los concursos de provisión de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias del personal (salvo la productividad) y el número y régimen del personal eventual.

l Incoación, tramitación y resolución de expedientes (incluso sancionadores) en materia fiscal, tributaria y patrimonial.

l Autorización y disposición de gastos y otras atribuciones que en materia de ejecución presupuestaria le asignen las bases de ejecución del Presupuesto General.

l Incoación y tramitación de acciones administrativas relativas a las facultades y prerrogativas para la defensa del patrimonio municipal (tales como investigación, deslinde, recuperación de oficio o desahucio, todo ello a título ejemplificativo), salvo su resolución que corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, incluida el pronunciamiento al respecto cuando exista un contratista municipal y así sea solicitado por un tercero interesado.

— A don Francisco Javier Fernández Abad, como responsable de la Concejalía-Delegada de Obras, Servicios, Movilidad, Seguridad, Infraestructuras y Aguas:

l Tramitación y otorgamiento de licencias de acometida de agua e instalación de contadores.

l Incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores en materia de aguas.

l Comprobación e inspección en materia de obras y servicios municipales (aceras, alumbrado de calles, etcétera), incluida la asignación de números postales a las fincas urbanas y rústicas y la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes sancionadores relativos a las materias de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y ciudadana.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes relativos a la declaración de vehículos abandonados en las vías públicas.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes (incluso sancionadores) relativos a tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas de movilidad reducida.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes (incluso sancionadores) relacionados con las licencias de autotaxis, salvo el otorgamiento de las mismas, que corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

l Las diferentes atribuciones municipales en relación con la prestación de servicios y realización de trabajos en el cementerio municipal, incluida la asignación de espacios para enterramientos, la ocupación de los mismos, la reducción de restos, la conservación del cementerio municipal y cualesquiera otras previstas en la normativa de policía sanitaria mortuoria y en la ordenanza fiscal ­reguladora de la tasa por prestación de servicios y realización de trabajos en el cementerio municipal.

l Incoación y tramitación de los expedientes relativos a la autorización para la ocupación por diversos actos de las vías y plazas públicas, así como la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores al respecto, salvo cuando la infracción cometida tenga la consideración de muy grave, en cuyo caso la resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

l Tramitación y otorgamiento de cuantas autorizaciones municipales al respecto contempla la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares, así como la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores al respecto, salvo cuando la infracción cometida tenga la consideración de muy grave, en cuyo caso la resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local, en los siguientes aspectos de dicha ordenanza: atentados contra la dignidad de las personas, apuestas, ocupación del espacio público por conductas que adoptan formas de mendicidad, utilización del espacio público para prácticas sexuales y ofrecimiento y demanda de servicios sexuales, contaminación acústica, uso inadecuado del espacio público para juegos y otros usos impropios, salvo los relativos a zonas verdes públicas y animales.

— A doña Virginia Sanz Jurado, como responsable de la Concejalía-Delegada de Distritos y Participación Ciudadana:

l Tramitación y autorización/denegación de inscripción de asociaciones en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes sancionadores en materia de asociaciones vecinales.

— A don Miguel Ángel Pérez Huysmans, como responsable de la Consejería-Delegada de Medio Ambiente:

l Tramitación y otorgamiento de licencias para la autorización de podas, talas, apeos o similares de arbolado y zonas verdes.

l Ejercer la inspección en materia de protección de arbolado y zonas verdes.

l Tramitación y resolución de las solicitudes relativas a la autorización para la instalación de contenedores, andamios, vallados o elementos similares vinculados con la realización de podas, talas, apeos o similares de arbolado y zonas verdes.

l Incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores por infracciones medioambientales.

l Otorgamiento de cuantas autorizaciones municipales al respecto contempla la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares, así como la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores al respecto, salvo cuando la infracción cometida tenga la consideración de muy grave, en cuyo caso la resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local, en los siguientes aspectos de dicha ordenanza: degradación visual del entorno urbano, necesidades fisiológicas, comercio ambulante no autorizado, actitudes vandálicas en el uso del mobiliario urbano y deterioro del espacio urbano, deyecciones de perros y otros animales en la vía pública, uso de los espacios naturales y zonas verdes y otros usos impropios relativos a zonas verdes públicas y animales.

l Incoación y tramitación de los expedientes relativos a la autorización para la ocupación por diversos actos de los espacios públicos municipales que tengan la consideración de zonas verdes públicas, así como la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores al respecto, salvo cuando la infracción cometida tenga la consideración de muy grave, en cuyo caso la resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

— A doña Ana María Juan Hernández, como responsable de la Consejería-Delegada de Salud, Servicios Sociales y Familia:

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes sancionadores en materia de salud, servicios sociales y familia.

l Incoación, tramitación y resolución de los expedientes sancionadores en materia de mayores e integración.

En todos los supuestos referidos, la resolución de los recursos que se interpongan contra los actos dictados por delegación corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

En todos los supuestos referidos, se procurará por el órgano delegado la debida acumu­lación procedimental en los supuestos de identidad sustancial o íntima conexión.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la propuesta presentada.

Comuníquese a los concejales y consejeros-delegados interesados, a la asesoría jurídica y a la Intervención Municipal.

Lo que se hace público de conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades ­Locales, y 64 del Reglamento Orgánico Municipal de la Ciudad de Alcalá de Henares.

Alcalá de Henares, a 30 de junio de 2011.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/24.151/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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