Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
18-07-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110718-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Demanda 839 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 839 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Asperilla Muñoz, contra la empresa “Juan Barba Stylo en Baños, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Félix Asperilla Muñoz y declaro debida la cantidad reclamada con la demanda.

En consecuencia, condeno a la demandada “Juan Barba Stylo en Baños, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone al actor la cantidad de 9.241,45 euros de principal.

Asimismo, declaro la mora de la demandada y a las anteriores cantidades se les incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual, desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá hasta el límite legal de las cantidades objeto de condena, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Juan Barba Stylo en Baños, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.698/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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