Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110714-99

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

99
Nombramiento miembros Junta Gobierno Local

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 29 de junio de 2011 del siguiente tenor literal:

“Don Juan González Miramón, alcalde presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo, y habiéndose procedido el día 11 de este mes a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 31.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y 43.2 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:

Primero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:

— Doña María del Carmen Michavila Núñez.

— Doña María Ángeles Soto Bernad.

— Doña Nuria Sanz Muñoz.

— Don David Amarillas Gómez.

— Don Joaquín Gómez García.

Segundo.—Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que tendrán lugar los días primer y tercer jueves, no festivos, de cada mes, a las nueve horas, en la Sala de Juntas del Ayuntamiento. Siendo día festivo se podrá adelantar o retrasar la fecha sin que exceda de dos días hábiles.

Tercero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

1. Todas en materia de planeamiento y gestión urbanística.

2. Todas en materia de contratación de obras, servicios y suministros, excepto contratación menor y la preparación de la contratación negociada en su competencia, y todas en materia de concesiones, adquisiciones y enajenaciones de bienes y derechos. Salvo la firma de los correspondientes documentos contractuales y las que han sido objeto de delegación expresa en concejal.

3. Todas en materia de personal del Ayuntamiento, salvo las que han sido objeto de delegación expresa en concejal.

4. Aprobación de proyectos de obras, de servicios y de suministros cuando sea competente para su contratación.

5. La resolución de todo tipo de solicitudes de licencias y/o autorizaciones que no hayan sido objeto de delegación expresa en algún concejal.

6. Concesión de nichos y sepulturas en el cementerio municipal.

7. Resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial de la Administración.

8. La disposición y ordenación de gastos de mi competencia y aprobación de las correspondientes facturas, excepto las correspondientes a la contratación menor.

9. Resolución de reclamaciones y recursos en materia tributaria.

10. Concesión de aplazamientos y/o fraccionamientos de deudas y bonificaciones y exenciones en materia tributaria.

11. Devolución de ingresos indebidos.

12. Toma de razón de cesión de derechos de cobro a terceros.

13. Aprobación de padrones fiscales.

14. Aprobación del calendario del contribuyente.

15. Compensación de deudas con terceros.

16. Aprobación de liquidaciones tributarias.

17. Declaración de prescripción de derechos tributarios o de otra naturaleza.

18. Declaración de créditos incobrables por fallidos.

19. Resolución de expedientes de derivación de responsabilidad tributaria.

20. Cancelación, devolución y/o incautación de garantías constituidas a favor del Ayuntamiento, excepto las depositadas en el ámbito de expedientes urbanísticos que han sido objeto de delegación en concejal.

21. Aprobación de precios públicos.

22. Convocatorias de premios y certámenes y aprobación de bases reguladoras de desarrollo y participación.

23. Aprobación de convocatorias de ayudas económicas, de bases reguladoras y su resolución.

24. Aprobación de reglamentos de régimen interior y de normas de funcionamiento de los diferentes servicios municipales.

25. Aprobación de convenios de colaboración y cooperación interadministrativa o análogos con otros organismos o entes públicos o privados o con particulares.

26. Solicitud de todo tipo de subvenciones y/o ayudas económicas.

Cuarto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Quinto.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase”.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Villanueva del Pardillo, a 30 de junio de 2011.—El alcalde-presidente, Juan González Miramón.

(03/24.220/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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