Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110714-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación competencias

En uso de las atribuciones que me confieren las disposiciones del artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en relación con lo previsto en el artículo 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en conferir las siguientes delegaciones:

— Hacienda, Seguridad, Deportes y Juventud: don Alfredo Medina Rocafull.

— Medio Ambiente, Sanidad y Gestión de Patrimonio: don Ricardo Hernández Romero.

— Urbanismo y Festejos: don Alfredo Fernández Rubio.

— Desarrollo Local y Atención al Ciudadano: don Enrique Montalvo Bravo.

Las competencias en materia de personal, servicios sociales, mujer, educación y cultura y turismo serán ejercidas directamente por esta Alcaldía.

La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de la fecha del nombramiento otorgado.

Las delegaciones de atribuciones conferidas se refieren a la facultad de dirigir y gestionar, en general, las materias que sean competencia de las áreas que se delegan, sin adoptar resoluciones que afecten a terceros.

Todas las delegaciones se entienden concedidas por el tiempo que esta Alcaldía estime conveniente.

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de 28 de noviembre de 1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Navacerrada, a 21 de junio de 2011.—La alcaldesa (firmado).

(03/23.968/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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