Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110714-98

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

98
Delegación competencias

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 29 de junio de 2011 del siguiente tenor literal:

1) “Don Juan González Miramón, alcalde presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo, y habiéndose procedido el día 11 de este mes a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:

Primero.—Designar a doña Katherine del Carmen Salas Bello, concejala-delegada en las Áreas de Cultura, Familia, Hermanamientos e Inmigración, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

En el Área de Cultura:

1. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Cultura.

2. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Cultura.

3. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Cultura.

4. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Cultura.

En el Área de Familia:

5. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Familia.

6. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Familia.

7. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Familia.

8. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Familia.

En el Área de Hermanamientos:

9. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Hermanamientos.

10. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Hermanamientos.

11. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Hermanamientos.

12. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Hermanamientos.

En el Área de Inmigración:

13. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Inmigración.

14. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Inmigración.

15. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Inmigración.

16. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Inmigración.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Tercero.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase”.

2) “Don Juan González Miramón, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo, y habiéndose procedido el día 11 de este mes a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:

Primero.—Designar a doña Catalina Perales Rentero concejala-delegada en las Áreas de Bienestar Social, Igualdad de Oportunidades y Participación Ciudadana, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

En el Área de Bienestar Social:

1. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Bienestar Social.

2. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Bienestar Social.

3. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Bienestar Social.

4. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Bienestar Social.

En el Área de Igualdad de Oportunidades:

5. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Igualdad de Oportunidades.

6. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Igualdad de Oportunidades.

7. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Igualdad de Oportunidades.

8. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Igualdad de Oportunidades.

En el Área de Participación Ciudadana:

9. La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Participación Ciudadana.

10. La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Participación Ciudadana.

11. La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Participación Ciudadana.

12. Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Participación Ciudadana.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Tercero.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase”.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Villanueva del Pardillo, a 30 de junio de 2011.—El alcalde-presidente, Juan González Miramón.

(03/24.227/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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