Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2011

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110714-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

63
Delegaciones genéricas concejales

Decreto de la Alcaldía

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 43, 114 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente he resuelto:

Primero.—Otorgar las siguientes delegaciones genéricas a favor de los concejales que a continuación se indican:

— Concejalía de Hacienda y Urbanismo.

l Concejal-delegado: don José González Fernández.

— Concejalía de Cultura, Servicios Sociales, Mujer e Inmigración.

l Concejala-delegada: doña María Paloma Fernández Portillo.

— Concejalía de Educación, Seguridad Ciudadana y Mayores.

l Concejala-delegada: doña María Concepción García Zabala.

— Concejalía de Industria, Comercio, Transportes, Desarrollo Económico y Empleo.

l Concejal-delegado: don Ángel Luis Sánchez Moreno.

— Concejalía de Sanidad, Juventud, Infancia y Protección Civil.

l Concejala-delegada: doña María Orgaz Muñoz.

— Concejalía de Obras y Medio Ambiente.

l Concejal-delegado: don Valentín Maestro Benito.

— Concejalía de Recursos Humanos, Deportes y Atención al Ciudadano.

l Concejal-delegado: don Juan Manuel Orgaz Sánchez.

Facultades: los concejales-delegados de referencia tendrán la facultad de dirigir, gestionar e impulsar los correspondientes servicios. En ningún caso podrán resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Condiciones: deberán informar puntualmente a esta Alcaldía de las actuaciones realizadas.

Segundo.—Otorgar delegación específica a favor de Don Valentín Maestro Benito, concejal-delegado de Obras y Medio Ambiente, para el siguiente asunto determinado: concesión de licencias de obra menor.

Facultades: la delegación especial contendrá la facultad de dirigir, gestionar e impulsar los correspondientes servicios, y la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Condiciones: se deberá informar puntualmente a esta Alcaldía de las actuaciones realizadas.

Tercero.—Otorgar delegación específica a favor de los siete concejales-delegados nombrados para el siguiente asunto determinado: autorización de matrimonios civiles en el término municipal de El Álamo.

Facultades: la delegación especial contendrá la facultad de dirigir, gestionar e impulsar los correspondientes servicios, y la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Condiciones: en cada expediente de matrimonio, la Alcaldía designará al concejal-delegado que intervendrá. Se deberá informar puntualmente a esta Alcaldía de las actuaciones realizadas.

Cuarto.—Las presentes delegaciones tendrán eficacia desde el día de hoy, con independencia de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la presente resolución se notifique a los interesados y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios municipal.

Quinto.—Se dará cuenta de la presente resolución al Pleno Municipal en la primera sesión que celebre con posterioridad a esta fecha.

En El Álamo, a 13 de junio de 2011.—El secretario, Carlos Carbajosa del Olmo.—La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.

(03/24.321/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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