Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
13-07-2011

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110713-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Novena

EDICTO

83
Recurso de apelación 41 de 2010

Doña Carmen Valbuena Hernández, secretaria de la Sección Novena de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid.

Certifico: Que en el rollo de Sala número 41 de 2010, dimanante de los autos de que se hará mérito, se ha dictado por la Sección Novena de lo Civil de esta Audiencia Provincial, sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:

Sentencia número 285 de 2011

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de juicio ordinario número 111 de 2002, procedentes del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo de apelación ­número 41 de 2010, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelante, don José Somoza García, representado por la procuradora doña María Jesús Gutiérrez Aceves, y de otra, como demandados y hoy apelados, “Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona” (“La Caixa”), representada por la procuradora doña Paz Santa María Zapata; “Compañía Española de Seguros y Reaseguros de Crédito y Caución Crédito y Caución, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora doña María Luisa Montero Correal, y “Aravaca Somosaguas, Sociedad Anónima”, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato de compraventa e indemnización de daños y perjuicios.

Fallamos

Desestimamos el recurso de apelación, deducido por la representación procesal de la parte demandante don José Somoza García, contra la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2008, por la ilustrísima señora magistrada-juez de primera instancia número 55 de Madrid, en los autos de juicio ordinario allí seguidos con el número 111 de 2002, debemos declarar y declaramos no haber lugar al mismo, y, en consecuencia, confirmamos íntegramente dicha resolución. Todo ello con imposición a la parte apelante de las costas de esta alzada.—Rubricado.

Y para que conste y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que sirva de notificación de la sentencia transcrita a “Aravaca Somosaguas, Sociedad Anónima”, expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de junio de 2011.—La ­secretaria (firmado).

(01/2.121/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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