Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
12-07-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110712-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

190
Demanda 1.133 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.133 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Fernández Melero, contra la empresa “Servicio Público de Empleo Estatal”, “Mediafashion Europa, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia de fecha 31 de mayo de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña María Teresa Fernández Melero, contra “Servicio Público de Empleo Estatal”, “Mediafashion Europa, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el derecho de la parte actora a que se le abone a la prestación por desempleo con efectos desde el 17 de mayo de 2010 y durante setecientos veinte días sobre una base reguladora de 27,20 euros por día, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y, en consecuencia, a que abone a la actora la referida prestación.

Absuelvo a “Mediafashion Europa, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial de las prestaciones formuladas en su contra.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mediafashion Europa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.226/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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