Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
12-07-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110712-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

EDICTO

81
Procedimiento ordinario 894 de 2008

Por la presente y en virtud de lo acordado en el procedimiento ordinario número 894 de 2008, seguidos en este Juzgado por don Rubén González Fernández y doña Patricia Herraiz Muñoz, representados por el procurador don Ángel Martín Gutiérrez, contra “Econo Proyects, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Virgilio J. Navarro Cerrillo, contra “Banco de Andalucía”, representado por la procuradora doña María José Bueno Ramírez, y contra “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía, le notifica la sentencia a “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Rubén González Fernández y doña Patricia Herraiz Muñoz, frente a la mercantil “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, “Econo Proyects, Sociedad Limitada”, y “Banco de Andalucía, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la nulidad del contrato suscrito con fecha 28 de septiembre de 2006 entre los actores y la codemandada “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, condenando conjunta y solidariamente a esta última junto con “Econo Proyects, Sociedad Limitada”, a reintegrar a los actores la cantidad de 16.464 euros, más los intereses legales desde el 16 de octubre de 2006; igualmente debo declarar y declaro la nulidad del contrato de préstamo bancario suscrito con fecha 16 de octubre de 2006 entre los actores y la entidad codemandada “Banco de Andalucía, Sociedad Anónima”, y en consecuencia que esta última reintegre a los actores los importes abonados en pago del citado préstamo hasta la fecha de interposición de la presente demanda así como al pago de las costas procesales causadas en esta instancia a todos los codemandados.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestado la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado (código de cuenta 2544) la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso.

Y para que sirva de notificación de “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firmo en Madrid, a 22 de diciembre de 2010.—El secretario (firmado).

(02/6.025/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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