Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110707-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

175
Ejecución 73 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 73 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Alfonso Hernández Merino, contra la empresa “Pomodoro Pizza Pasta, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Israel Alfonso Hernández Merino con la empresa “Pomodoro Pizza Pasta, Sociedad Anónima”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don Israel Alfonso Hernández Merino.

Indemnización: 3.420 euros.

Salarios tramitación. 9.499,95 euros (desde el despido de fecha 27 de enero de 2009 hasta la notificación de la sentencia de Tribunal Superior de Justicia al demandante en fecha 1 de diciembre de 2010 transcurren seiscientos setenta y tres días por 30,40 euros hacen un total de 20.459,20 euros, menos la cantidad de 10.959,25 euros, percibidos en otras empresas en que ha trabajador en este periodo).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pomodoro Pizza Pasta, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 10 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.565/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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