Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110707-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

59
Cargos Corporación dedicación exclusiva

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de junio de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que literalmente dice lo siguiente:

«3. Proposición de la Presidencia, relativa a la relación de cargos de la Corporación con dedicación exclusiva.

El alcalde procede a la lectura de la propuesta de acuerdo que, literalmente, dice lo siguiente:

“Constituida la nueva Corporación tras las elecciones celebradas el 22 de mayo, procede la adopción de acuerdo determinando, en su caso, la relación de cargos de la Corporación que pasan a desempeñarse con dedicación exclusiva y parcial, retribuciones que se asignan a dichos cargos, así como las indemnizaciones y asistencias correspondientes a los miembros de la Corporación.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, propone el Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar la siguiente relación de cargos de la Corporación que pasan a desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y parcial, así como las correspondientes retribuciones por el ejercicio de los mismos:

Dedicación exclusiva:

— Alcalde-presidente, por cuyo desempeño percibirá una retribución mensual por importe total anual bruto de 44.500 euros, a percibir en 14 mensualidades.

— Concejal de Hacienda, Administraciones Públicas, Urbanismo, Obra Pública, Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, don Ángel Enrique de Oteo Mancebo, por cuyo desempeño percibirá una retribución mensual por importe total anual bruto de 41.000 euros, a percibir en 14 mensualidades, y con efectos desde el día 15 de agosto de 2011.

Dedicación parcial:

— Concejala de Educación, Cultura, Juventud e Infancia, doña María Pilar López Molina, por cuyo desempeño percibirá una retribución mensual por importe total anual bruto de 17.571,09 euros, a percibir en 14 mensualidades.

— Concejal de Seguridad Ciudadana, Tráfico, Policía Administrativa, Atención Ciudadana, Comunicación, Relaciones Institucionales y Deportes, don José Antonio Sánchez Serrano, por cuyo desempeño percibirá una retribución mensual por importe total anual bruto de 17.571,09 euros, a percibir en 14 mensualidades.

Segundo.—Asimismo, se determina que:

Dichas retribuciones se revisarán anualmente en el porcentaje y cuantía que se establezca en las normas aplicables al resto de personal del Ayuntamiento.

En el caso de la dedicación exclusiva, la percepción de las correspondientes retribuciones será incompatible con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismo y empresas de ellas dependientes, sin perjuicio de las dietas e indemnizaciones que les pueda corresponder por su asistencia a los Consejos de Administración y órganos de gobierno de entidades o empresas públicas o privadas, hasta un máximo de dos.

El reconocimiento de la dedicación exclusiva exigirá la dedicación preferente a las tareas propias del cargo, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación.

Los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva no percibirán asistencias por concurrencia a sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte.

Tercero.—Modificar el artículo 45 de las bases de ejecución del presupuesto en vigor en los términos contemplados en el presente acuerdo.

Cuarto.—Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias:

Por la concurrencia efectiva a sesiones de órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte, los miembros de la Corporación que no tienen dedicación exclusiva o parcial percibirán asistencia por importe de 129,90 euros por los Plenos y por la Junta de Gobierno Local y de 32,50 euros por las Comisiones Informativas.

Las cuantías anteriores se revisarán anualmente en el porcentaje y cuantía que se establezca en las normas aplicables al resto del personal del Ayuntamiento.

Quinto.—Proceder a la publicación de este acuerdo, así como las resoluciones de Alcaldía que con ocasión del mismo se dicten, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Sexto.—Notificar esta resolución a las personas designadas, dejando constancia de que, conforme se dispone en el artículo 13.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la aplicación del régimen de dedicación aprobado exige de la aceptación expresa del cargo que conlleva dicha dedicación.

Séptimo.—Los efectos serán desde el nombramiento de los citados cargos, a excepción de los cargos en régimen de dedicación exclusiva, que surtirá efectos económicos y en materia de seguridad social desde la aprobación Plenaria, en su caso”.

Y al no registrase más intervenciones, la Presidencia somete a votación la aprobación de la propuesta de acuerdo antes enunciada, resultando aprobada por mayoría absoluta de los/as concejales/as asistentes, con ocho votos a favor del Grupo Popular y cuatro votos en contra (dos votos del Grupo Unidos por Morata y dos votos del Grupo Izquierda Unida)».

Morata de Tajuña, a 30 de junio de 2011.—El alcalde, V. Mariano Franco Navarro.

(03/24.621/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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