Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
06-07-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110706-275

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

275
Demanda 463 de 2011-E

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 643 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara Fernández Espejo, contra la empresa “Hess Iluminación y Mobiliario Urbano, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 24 de mayo de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Sara Fernández Espejo, frente a “Hess Iluminación y Mobiliario Urbano, Sociedad Limitada”, en materia de despido.

2. Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda, sin perjuicio del criterio de su señoría el magistrado-juez, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 21 de julio de 2011, a las diez y treinta horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes, ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confesa.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio de la demandante asistida de letrado.

5. Respecto de la más documental solicitada en la demanda, se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días manifieste por escrito el fin u objeto de esta prueba, dado que en la carta de despido la empresa reconoce la improcedencia del mismo.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si la demandante pretendiese comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda.

A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Asimismo, se indicará a ambas partes: que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hess Iluminación y Mobiliario Urbano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.896/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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