Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
06-07-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110706-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Ejecución 229 de 2009

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 229 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Pérez González, contra la empresa “Proyectos Solares Madrid, Sociedad Limitada”, “Tera Instalaciones Telecomunicaciones, Energías Renovables y Automatización, Sociedad Limitada”, doña Ana Isabel Esteban Vega y don Luis Miguel Esteban Vega, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 2 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Finca número 19.520, al folio 99 del libro 280 de Chinchón, tomo 2.084 del archivo, se describe en los libros registros en los términos siguientes de su inscripción primera:

Rústica.—Olivar de secano en término de Chinchón, al sitio llamado Fuentinueva, de caber ventiocho áreas y noventa y dos centiáreas. Linda: al Norte, don Martiniano Vega Martínez; al Sur, hoy compradores doña Ana Isabel y don Luis Miguel Esteban Vega, antes doña Enriqueta Maeso Salas y doña María Antonia Camacho Guazu; al Este, herederos de doña Adela Castellanos Fernández-Sancho y doña María Antonia Camacho Gauzo, y al Oeste, camino de la Fuentinueva. Es la parcela 14 del polígono 39.

Finca número 18.807, al folio 27 del libro 264 de Chinchón, tomo 1.946 del archivo, se describe en los libros del Registro en los términos siguientes según resulta de su inscripción primera:

Rústica.—Olivar de secano en término de Chinchón, al sitio denominado Fuentinueva, de caber diez áreas y setenta y dos centiáreas, que linda: al Norte, el camino; al Sur, con el camino; al Este, con la carretera, y al Oeste, con el camino. Es la parcela 160 del polígono 39.

Las fincas descritas constan actualmente inscritas en pleno dominio por mitades indivisas y con carácter privativo a favor de doña Isabel Esteban Vega, con documento nacional de identidad número 50838194-Y, y don Luis Miguel Esteban Vega, con documento nacional de identidad número 50838193-M, por título de compraventa, para responder de la cantidad de 7.916,11 euros de principal, más 529,47 euros de intereses y 882,46 euros de costas presupuestados provisionalmente, a instancias de don Daniel González, contra “Proyectos Solares Madrid, Sociedad Limitada”, “Tera Instalaciones Telecomunicaciones, Energías Renovables y Automatización, Sociedad Limitada”, doña Ana Isabel Esteban Vega y don Luis Miguel Esteban Vega.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a los ejecutados para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Luis Miguel Esteban Vega, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.664/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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