Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
04-07-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110704-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

43
Delegación atribuciones

Con fecha 13 de junio de 2011, el alcalde-presidente ha dictado resolución 1955/2011, cuyo tenor literal es el siguiente:

“En uso de la facultad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y a la vista de lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de Organización, ­Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, he resuelto:

Primero.—Delegar el ejercicio de las siguientes atribuciones en favor de los concejales de este Ayuntamiento, que a continuación se mencionan, en las condiciones que, asimismo, se reseñan y sin perjuicio de las atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno:

— Delegada de Hacienda y Recursos Humanos: doña María José Esteban Raposo. Conocerá de los asuntos relativos a Hacienda, Gestión Económica y Presupuestaria, Tesorería, Función Pública y Personal no estatutario.

— Delegada de Cultura y Participación Ciudadana: doña María del Mar Escudero Sólorzano. Conocerá los asuntos relativos a Cultura, Bibliotecas, Artes Escénicas, Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo e Inmigración.

— Delegado de Festejos, Desarrollo Local y Contratación: don Alberto Matiaces Alonso. Conocerá de los asuntos relativos a Contratación y Compras, Empleo, Formación Ocupacional y Empresarial, Comercio, Industria y Consumo, Festejos y Turismo.

— Delegado de Urbanismo y Obras: don Raúl Terrón Fernández. Conocerá de los asuntos relativos a Planeamiento, Disciplina Urbanística, Licencias Urbanísticas (Obras y Actividades), Vivienda, Mantenimiento de Vías Públicas y Edificios Municipales, Inversiones (capítulo VI presupuestario), Patrimonio, Movilidad y Transportes.

— Delegada de Seguridad Ciudadana y Educación: doña Lorena Heras Sedano. Conocerá de los asuntos relativos a Policía Local, Protección Civil, Disciplina Vial y Educación.

— Delegado de Deportes: don Miguel Ángel Martín Perdiguero. Conocerá los asuntos relativos a Deportes.

— Delegada de Innovación Tecnológica y Asuntos Generales: doña Carmen Martínez Álvarez. Conocerá de los asuntos relativos a Organización y Calidad, Nuevas Tecnologías, Asuntos Generales, Contratos de Conserjería, Telefonistas y Limpieza Edificios, Servicio de Atención Ciudadana (SAC) y Archivo.

— Delegada de Bienestar Social: doña Esther Vozmediano Ares. Conocerá de los asuntos relativos a Servicios Sociales, Salud, Mayores y Discapacitados.

— Delegado de Medio Ambiente: don José María Pérez Vasco. Conocerá de los asuntos relativos a Medio Ambiente, Limpieza Viaria y Residuos y Parques y Jardines.

— Delegada de Juventud y Mujer: doña Lucía Soledad Fernández Alonso. Conocerá de los asuntos relativos a Juventud, Mujer e Infancia.

Todas las delegaciones antedichas comportan la facultad de dirigir y gestionar los servicios correspondientes mediante actos administrativos que afecten a terceros, entendiéndose efectuadas sin perjuicio de las atribuciones cuyo ejercicio se delegue en la Junta de Gobierno.

Segundo.—Conferir las siguientes delegaciones especiales:

— Delegada de Barrio 1 (ensanche): doña María Dolores de Diego Fernández. Ámbito territorial: secciones electorales 26 a 31, 34 a 36, 40, 42 (zonas “Praderón”, “Marina” y “Alamillos”) y 49.

— Delegado de Barrio 2 (casco antiguo): don Antonio Carrillo Rojo. Ámbito terri­torial: secciones electorales 1 a 12 y 14 a 25.

— Delegada de Barrio 3 (urbanizaciones y Dehesa Vieja): doña Andrea Hernández Tortosa. Ámbito territorial: secciones electorales 32, 33 y 43 a 48.

— Delegado de Barrio 4 (“Arroyos” y “Tempranales”): don José María Pérez Vasco. Ámbito territorial: secciones electorales 37 a 39, 41, 42 (zonas “Los Arroyos” y “Tempranales”).

Las Concejalías de Barrio se configuran como órganos de enlace entre los vecinos de las respectivas zonas de actuación y los titulares de las distintas Concejalías-Delegadas establecidas en el apartado anterior, sin que esta labor de mediación comporte facultades resolutivas que afecten a terceros.

Incorpórese la presente resolución al libro correspondiente, notifíquese a los interesados, dese cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que celebre y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 44, apartados 2 y 4, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

San Sebastián de los Reyes, a 15 de junio de 2011.—El alcalde, Manuel Ángel ­Fernández Mateo.

(03/22.379/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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