Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2011

Sección 1.1.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110701-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
Decreto 57/2011, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto con el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno tiene competencia para variar la denominación y el número de las Consejerías. Mediante Decreto 11/2011, de 16 de junio, el Gobierno varió el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 30 de junio de 2011,

DISPONGO

Artículo 1

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno

La Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, bajo la superior dirección del titular del Departamento, tendrá la siguiente estructura básica y organismos adscritos:

1. Secretaría General del Consejo de Gobierno, a la que se adscriben:

a) Dirección General de los Servicios Jurídicos.

b) Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

c) Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

2. Viceconsejería de Asuntos Generales de la Vicepresidencia, a la que se adscriben:

a) Dirección General de Medios de Comunicación-Oficina de Comunicación del Gobierno.

b) Dirección General de Relaciones con la Asamblea de Madrid.

c) Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

d) Dirección General de Cooperación con la Administración Local.

e) El Órgano de Gestión sin personalidad jurídica Centro de Asuntos Taurinos.

f) La Empresa Pública con forma de entidad de derecho público Canal de Isabel II y su grupo empresarial.

g) El Ente Público Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.

3. Viceconsejería de Cultura y Deportes, a la que se adscriben:

a) Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

b) Dirección General de Promoción Cultural.

c) Dirección General de Patrimonio Histórico.

d) Dirección General de Juventud.

e) Dirección General de Deportes.

f) Órgano de Gestión sin personalidad jurídica Museo Arqueológico Regional.

g) Organismo Autónomo Instituto Madrileño del Deporte (IMDER).

h) La Empresa Pública “Alcalá Natura 21, S. A.”.

i) El Órgano de Gestión sin personalidad jurídica Centro de Medicina Deportiva.

4. Secretaría General Técnica.

Artículo 2

Consejería de Presidencia y Justicia

1. Se mantiene la estructura básica y organismos adscritos previstos en el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1.2, letra d), de este Decreto, y salvo lo establecido en el apartado siguiente.

2. Se crea la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia y Justicia.

Artículo 3

Consejería de Educación y Empleo

Se mantiene la estructura prevista en el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, con las modificaciones del Decreto 77/2010, y con las siguientes excepciones:

1. Se crea la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Empleo.

2. Se adscribe la Viceconsejería de Empleo, de la que dependen las siguientes Direcciones Generales y organismos:

a) La Dirección General de Trabajo.

b) La Dirección General de Empleo.

c) Servicio Regional de Empleo.

d) Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 4

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

1. Se mantiene la estructura básica y organismos adscritos previstos en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, salvo lo establecido en el apartado siguiente.

2. Se crea la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Artículo 5

Consejería de Asuntos Sociales

1. Se mantiene la estructura básica y organismos adscritos previstos en el Decreto 126/2004, de 29 de julio, salvo lo establecido en los apartados siguientes.

2. Se adscribe a la Viceconsejería de Familia y Asuntos Sociales la Dirección General de la Mujer.

3. Se crea la Secretaría General Técnica de la Consejería de Asuntos Sociales.

4. Se adscribe la Viceconsejería de Inmigración y Cooperación de la que dependen:

a) La Dirección General de Inmigración.

b) La Dirección General de Cooperación al Desarrollo.

5. La Administración Institucional adscrita a la Consejería de Asuntos Sociales está constituida por las siguientes entidades:

a) Organismo Autónomo Servicio Regional de Bienestar Social.

b) Organismo Autónomo Instituto Madrileño del Menor y la Familia.

c) Ente de Derecho Público Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera

Habilitación

Se habilita al Consejero de Economía y Hacienda a asignar los programas presupuestarios a cada Consejería, de acuerdo con la distribución de las competencias establecidas, así como a efectuar aquellas modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2011.

Segunda

Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria

El personal adscrito a los Órganos, Organismos y Empresas Públicas afectados por el presente Decreto pasará automáticamente a depender de la Consejería en la que hayan sido integrados o adscritos. Por el Consejero de Economía y Hacienda se efectuarán, en su caso, las modificaciones que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Segunda

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte La Presidenta, y Portavoz del Gobierno, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/23.989/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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