Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110701-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

203
Ejecución 241 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 241 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Abdenbi Lamnaouar, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución de 6 de junio de 2011, cuyo tenor literal es el siguiente:

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez, don Francisco Juan Sánchez Delgado.—En Móstoles, a 6 de junio de 2011.

Dada cuenta del anterior escrito, únase a los autos de su razón y dése traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir, impuesta en sentencia de 10 de febrero de 2011, a la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Abdenbi Lamnaouar y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle San Antonio, número 6, el día 7 de julio de 2011, a las diez y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Asimismo, requiérase a la parte actora a fin de que el día de la comparecencia presente informe de vida laboral hasta el momento actual.

Para el caso de que el demandante esté cobrando prestaciones por desempleo, deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Empleo acreditando el importe percibido a fecha de la comparecencia.

Notifíquese a las partes esta resolución, notificación que servirá de citación en forma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 6 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.691/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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