Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110630-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

124
Demanda 1.562 de 2008

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.562 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime San Juan Sans, don Víctor Quiles Recio y don Juan Álvarez Guzmán, contra la empresa “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 25 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 25 de marzo de 2011.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 1.562 de 2008, seguidos entre las partes: de una, como demandantes, don Jaime San Juan Sans, don Víctor Quiles Recio y don Juan Álvarez Guzmán, asistidos por el letrado señor Rodríguez Díaz, y de otra, como demandadas, “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, que no comparece, y “Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima”, representada por la abogada del Estado señora Heidee Nicolás, sobre derechos y cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Jaime San Juan Sans, don Víctor Quiles Recio y don Juan Álvarez Guzmán, contra “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a ambas demandadas a que conjunta y solidariamente abonen a don Jaime San Juan Sans la cantidad de 4.159,96 euros y a don Juan Álvarez Guzmán la suma de 3.351,54 euros, siendo condenada igualmente “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, a abonar a don Víctor Quiles Recio la cantidad de 1.875 euros en concepto de salarios pendientes; más el 10 por 100 de interés en concepto de mora de las citadas cantidades, quedando absueltas las demandadas de las demás pretensiones ejercitadas en su contra.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.639/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110630-124