Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
29-06-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110629-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

118
Procedimiento ordinario 2.015 de 2009

En el procedimiento ordinario 2.015 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 39 de 2011

En Alcobendas, a 8 de febrero de 2011.—Doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas y su partido, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 2.015 de 2009, entre partes: de una, y como demandante, la mercantil “Viveros Sánchez, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Bernabéu Trave y asistida por el letrado señor Paredero Moreno; y de otra, y como demandada, la mercantil “Green Grass Paisajistas, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Con base en los siguientes

Fallo

Que, estimando como estimo la demanda interpuesta por la mercantil “Viveros Sánchez, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Bernabéu Trave, contra la mercantil “Green Grass Paisajistas, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la mercantil demandante la cantidad de 5.661,69 euros, más intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y hasta el completo pago, con el incremento previsto legalmente a partir de la fecha de esta resolución, y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, quedando el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó constituida en audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la mercantil “Green Grass Paisajistas, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcobendas, a 13 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).

(02/5.078/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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