Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
27-06-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110627-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

70
Juicio de faltas 1.841 de 2010

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario del Juzgado de instrucción número 10 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en fecha 15 de diciembre de 2010 ha recaído sentencia, del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—Habiendo visto en juicio oral y público, ante la ilustrísima señora doña María Antonia de Torres Díez-Madroñero, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 10 de Madrid, la causa seguida en este Juzgado como juicio de faltas número 1.841 de 2010, seguido por una presunta falta de hurto.

Fallo

Que debo de condenar y condeno a doña Ana María Plaza Rodríguez, como autora responsable de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa razón de 3 euros/día (en total 90 euros), con quince días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago, y al abono de las costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, denunciada doña Ana María Plaza Rodríguez, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.

Lo relacionado es cierto y concuerda fielmente con su original al que me remito.

Y para su notificación a la denunciada doña Ana María Plaza Rodríguez, expido el presente en Madrid, a 6 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.387/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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